La licencia interautonómica pesca habilita de forma general para practicar pesca fluvial en aguas continentales de comunidades adheridas. Su utilidad principal está en evitar licencias autonómicas separadas cuando alternas ríos, embalses o zonas de agua dulce de varias comunidades parte del convenio.
No es un permiso universal para cualquier masa de agua. El BOE recuerda que el ejercicio de la pesca queda sometido a la normativa autonómica correspondiente: vedas, cupos, especies, horarios, modalidades, tramos sin muerte y permisos específicos de cotos o escenarios deportivos.
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